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Anulación de matrícula y devolución de tasas

1. La anulación de la totalidad de la matrícula por la renuncia del estudiante no comportará la devolución de los precios abonados por ella. Excepcionalmente, cuando el estudiante comunique su renuncia antes del inicio de curso y haya abonado la matrícula completa, tendrá derecho a la devolución del 50% del importe de dicha matrícula, con excepción de los precios por servicios de secretaría y seguro escolar que no serán objeto de devolución en ningún caso.


2. Los estudiantes podrán anular parcialmente sus matrículas, sin devolución de los precios pagados por ellas, hasta dos meses después del inicio de cada cuatrimestre académico respecto de las asignaturas que se vayan a impartir en ese periodo lectivo. No obstante lo anterior, las Facultades y Escuela Politécnica Superior que hayan optado por la modalidad de matrícula anual para los estudiantes de Grado de segundo curso y superiores, habilitarán un periodo en el mes de diciembre para que estos estudiantes puedan solicitar la anulación de la matrícula de las asignaturas se vayan a impartir en el segundo cuatrimestre, con derecho, en este caso, a devolución de los precios públicos pagados. La anulación de la matrícula no podrá implicar en ningún caso el incumplimiento de la normativa aplicable.


3. Cuando la modificación o anulación de la matrícula sea debida a causas imputables a la universidad, se procederá a la devolución al estudiante de todos los importes abonados por los conceptos de reserva o matriculación

Para anular una matrícula ya realizada, con o sin derecho a devolución del importe, es necesario solicitarlo en la Oficina de Estudiantes

>Normativa de permanencia, dispensa y matrícula