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Personal de administración y servicios

Gerente

El Gerente es responsable inmediato de la organización de los servicios administrativos de la Universidad, incluyéndose los aspectos de seguridad y salud laboral en el ámbito de sus competencias, así como en las delegadas por el Rector, si bien puede delegar la gestión operacional de la prevención en alguno/s de sus colaboradores.

Son funciones del Gerente en esta materia, sin perjuicio de otras:

  1. Velar por el cumplimiento de la normativa general en materia de prevención de riesgos laborales, así como de los planes, procedimientos y medidas preventivas que establezca la Universidad.
  2. Promover y fomentar el desarrollo de la cultura preventiva y la integración de la Prevención en su ámbito de competencias de acuerdo con la política establecida en la Universidad.
  3. Garantizar los medios necesarios para que el personal de administración y servicios pueda desarrollar su trabajo en unas condiciones adecuadas de seguridad.
  4. Promover una buena coordinación del Servicio de Prevención con el resto de Servicios/Unidades.
  5. Velar por que los empleados públicos que tiene a su cargo estén capacitados, formados e informados para la realización de la tarea que se les encomienda, con seguridad para su integridad y su salud y la de las personas que pudieran verse afectadas por tal actividad.
  6. Conocer los accidentes laborales acaecidos y las medidas adoptadas para evitar su repetición.

Responsables/Jefaturas/Direcciones de servicio/Unidad/Oficina

Las Jefaturas de Servicio, Jefaturas de Unidad, Responsables de Servicio, Responsables de Unidad, Direcciones de Oficina, o puestos asimilados, son responsables de la organización de su Servicio, Unidad u Oficina,  asumen la jefatura del personal a su cargo, incluyéndose los aspectos de seguridad y salud laboral en el ámbito de sus competencias, si bien puede delegar la gestión operacional de la prevención en alguno/s de sus colaboradores.

Son funciones de los Responsables/Jefaturas/ Direcciones de Servicio /Unidad/ Oficina, en su  ámbito de competencias, sin perjuicio de otras:

  1. Velar por el cumplimiento de la normativa general en materia de prevención de riesgos laborales, así como de los planes, procedimientos y medidas preventivas que establezca la Universidad.
  2. Promover y fomentar el desarrollo de la cultura preventiva y la integración de la prevención de acuerdo con la política establecida.
  3. Velar por que las empleadas y los empleados públicos que tienen a su cargo estén capacitados, formados e informados para la realización de la tarea que se les encomienda, con seguridad para su integridad y su salud y la de las personas que pudieran verse afectadas por tal actividad.
  4. Facilitar los medios necesarios para que el Personal de Administración y Servicios a su cargo, pueda desarrollar su trabajo en unas condiciones adecuadas de seguridad.
  5. Comunicar al Servicio de Prevención, una vez aprobado y antes de su materialización, cualquier cambio en las condiciones de trabajo que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores y las trabajadoras.
  6. Informarse e informar sobre los accidentes e incidentes que puedan producirse en su Servicio/Unidad/ Oficina, e implantar las medidas necesarias para evitar que se repitan.
  7. Vigilar con atención las situaciones de especial peligrosidad, transmitiendo la orden de suspender la actividad en caso de riesgo inminente.
  8. Coordinar los aspectos de Prevención de Riesgos Laborales con departamentos, servicios, empresas y entidades externas en cumplimiento del artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y de acuerdo con los procedimientos que se establezcan.
  9. Custodiar y gestionar la documentación en materia de prevención de riesgos laborales del personal a su cargo.