Cookie usage policy

The website of the University Carlos III of Madrid use its own cookies and third-party cookies to improve our services by analyzing their browsing habits. By continuing navigation, we understand that it accepts our cookie policy. "Usage rules"

Protección de los resultados de investigación-IPR

Si tu trabajo de investigación es novedoso y susceptible de tener aplicación industrial o comercial, antes de publicar contáctanos para proteger sus resultados (mediante patente, registro software...). El primer paso para evaluar la protección y decidir la mejor estrategia es que completes y nos hagas llegar el documento de Comunicación de Resultados que se encuentra en la columna derecha.

Se pueden proteger una gran variedad de resultados de investigación científica: invenciones, know-how, productos, procedimientos, diseños, servicios, software, bases de datos, materia biológica… que pueden tener interés comercial presente o futuro.

Principales puntos a tener en cuenta:

¿Cuándo iniciar el proceso?

  • No esperes al final del desarrollo, cuando tengas clara la idea, contáctanos.
  • Es fundamental que no lo divulgues en revistas, congresos, TFG, TFM, tesis.. hasta que se haya valorado su protección y, si procede, solicitado.
  • No afecta a tus publicaciones si comunicas tus resultados con tiempo.

¿Qué formas hay de proteger?

  • Propiedad industrial: patentes, modelos de utilidad, marcas, diseños industriales, topografías de productos semiconductores y obtenciones vegetales. Más información.
  • Propiedad intelectual: programas de ordenador, APPs, bases de datos (también protegibles por un derecho sui generis), contenidos digitales… Más información.
  • Secreto empresarial: conocimiento o know-how que deba ser confidencial para mantener su valor comercial. Más información.

¿Por qué se debe proteger?

  • Beneficios directos: curriculares (sexenios, acreditaciones) y económicos.
  • Beneficios indirectos: prestigio, imagen, mejor posición negociadora y en rankings, para el personal investigador y la UC3M.
  • Beneficio social: con los resultados de investigación protegidos se consigue que el conocimiento generado y la innovación realmente lleguen al tejido productivo y tengan un impacto positivo sobre la sociedad.

Preguntas frecuentes (FAQs) sobre Protección y valorización resultados de investigación

¿Cómo puedo proteger un resultado de investigación?

Depende del tipo de resultado existen varias formas de protección:

  • Propiedad industrial: patentes, modelos de utilidad, marcas, diseños industriales, topografías de productos semiconductores y obtenciones vegetales.
  • Propiedad intelectual: programas de ordenador, APPs, bases de datos (también protegibles por un derecho sui generis), contenidos digitales…
  • Secreto empresarial: conocimiento o know-how que deba ser confidencial para mantener su valor comercial.

No son formas excluyentes y, de hecho, a veces se utilizan varias formas de manera coordinada.

 

¿Cuáles son los requisitos para que un resultado de investigación sea patentable?

Existen tres requisitos principales:

  • Novedad: "Una invención es nueva si no existe en el estado de la técnica".
  • Actividad inventiva: "Una invención implica actividad inventiva si no es obvio para un experto en la materia".
  • Aplicabilidad industrial: "Una invención es susceptible de aplicabilidad o utilidad industrial cuando su objeto puede ser fabricado en algún tipo de industria".

Además, la invención debe ser una solución técnica para un problema técnico. Así como tener descripción suficiente.

 

¿Qué beneficios obtengo si se protegen los resultados de investigación que he logrado?

Puedes obtener beneficios de varios tipos.​

  • Beneficios directos: curriculares (sexenios, acreditaciones) y económicos.
  • Beneficios indirectos: prestigio, imagen, mejor posición negociadora y en rankings, para el personal investigador y la UC3M.
  • Beneficio social: con los resultados de investigación protegidos se consigue que el conocimiento generado y la innovación realmente lleguen al tejido productivo y tengan un impacto positivo sobre la sociedad.

El Reglamento IPR regula, entre otros aspectos, el reparto de los beneficios económicos obtenidos de la explotación comercial de los resultados de investigación de la Universidad.

 

¿Cuánto cuesta patentar un resultado de investigación? ¿Quién lo paga? ¿Tengo que pedir dinero en el proyecto para patentar?

El coste depende de varios factores y de la fase en que se encuentre. A modo de ejemplo, para la concesión de una patente española es necesario abonar unas tasas oficiales y honorarios del agente externo encargado de la redacción, lo cual en conjunto oscila entre 1500 y 3000 €. A este coste hay que añadirle el pago anual de las tasas de mantenimiento de la patente hasta que pierda interés comercial o hasta que expire (20 años). Y si se extiende la protección a nivel internacional, los costes aumentan con cada país adicional.

Estos costes son asumidos por el Departamento/Instituto de investigación de los inventores y el Fondo IPR de la UC3M designado al efecto, tal y como se recoge en el Reglamento IPR. En ocasiones estos gastos son asumidos por las empresas licenciatarias de las tecnologías. Por lo que siempre buscamos acuerdos de licencia con empresas que nos permitan reducir o eliminar costes y obtener beneficios.

Siempre que sea posible, es recomendable que se incluya una partida presupuestaria en tu proyecto de investigación nacional o europeo que cubra al menos los costes de protección en las etapas iniciales. Con ello se evita que suponga un esfuerzo adicional tanto para ti como para la UC3M.

 

¿Puedo publicar en una revista científica o leer en público un resultado innovador de mi TFG, TFM, tesis o proyecto antes de solicitar su protección por patente?

Debes evitar cualquier tipo de difusión pública (artículo científico, lectura de tesis, TFG o TFM, congreso, charla pública, medio de comunicación, publicación en web, etc.), antes de que la Universidad presente la solicitud de patente. Es requisito imprescindible mantener la "novedad" de tu invención antes de su solicitud. Cualquier difusión previa rompería la novedad e imposibilitaría la obtención de la patente.

Inicia el proceso de protección en cuanto sea posible y no esperes hasta finalizar las investigaciones. De esta manera no será necesario retrasar las difusiones previstas y obtendrás un doble beneficio: una publicación y una patente.

Adicionalmente, en general, interesa no difundir en lo posible el contenido esencial con el fin de no perjudicar la explotación de los resultados de investigación. Si deseas consultar cómo publicar, sin romper el requisito de "novedad" exigido para una patente contacta con patentes@uc3m.es

 

Me van a publicar un artículo pronto o lo voy a presentar en un congreso ¿Cuánto se tarda en tener la protección suficiente para poder publicar?

Ten en cuenta que la aprobación interna y la redacción de la solicitud lleva normalmente algunas semanas, por lo que se necesita cierto margen antes del momento de cualquier difusión pública.

Te ayudamos a valorar qué parte de la publicación prevista es susceptible de romper la novedad y te aconsejamos sobre su publicación. La decisión siempre será tuya. Consultanos en patentes@uc3m.es.

 

¿La Universidad me ayuda a buscar una empresa interesada en mis resultados de investigación o a crear la mía propia en la que utilizarlos?

En la fase de valorización de un resultado de investigación, el equipo de Transferencia, de Comercialización y de Creación de Spin-offs del SEI, trabajan juntos con el personal investigador en un plan de explotación en el que identifican empresas de potencial interés y/o oportunidades de creación de una spin-off. Ejemplo de ello son las iniciativas del Programa Lab4pymes y el Programa CR3CE.