Uso de cookies

En las páginas web de la Universidad Carlos III de Madrid utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Al continuar con la navegación, entendemos que se acepta nuestra política de cookies. "Normas de uso"

Seguimiento y acreditación de los títulos

El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, sobre la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, establece que los títulos universitarios oficiales deberán someterse a procedimientos de evaluación externa de acuerdo con los Criterios y Directrices de Aseguramiento de Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (European Standards and Guidelines for Quality Assurance of Higher Education, ESG). Además, las universidades deberán corresponsabilizarse del aseguramiento de la calidad, mediante el desarrollo de sus sistemas internos de la garantía y de la promoción de la cultura de la calidad entre la comunidad universitaria.

Los órganos de evaluación externa responsables de tramitar los procedimientos de aseguramiento de la calidad del sistema universitario español son la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y, para su correspondiente ámbito territorial, las agencias de calidad de las Comunidades Autónomas inscritas en el Registro Europeo de Agencias de Aseguramiento de la Calidad en la Educación Superior (The European Quality Assurance Register for Higher Education, EQUAR), tras haber superado con éxito una evaluación externa de acuerdo con los ESG.