COMPRAS Y SERVICIOS (RESTO DE FACTURAS)
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RESTO DE FACTURAS FINANCIADAS POR EL PLAN EUROPEO DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
Para contratar compras o servicios por valor estimado inferior a 50.000 € sin IVA, hay que tramitar un contrato menor por actividades de investigación siguiendo los siguientes pasos.
Excepción:
- Contrataciones con empresas que sean adjudicatarias de un concurso en la UC3M (Ver apartado de empresas concertadas).
- Compras de equipamiento informático a través del Sistema Dinámico.
1.- CONTRATAR
1.1. Solicitar mínimo tres ofertas de empresas distintas.
1.2. Firma del Investigador Principal de una Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) con las empresas de las ofertas, utilizando el siguiente modelo.
- Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) (descargar, cumplimentar y firmar digitalmente).
Además, si el importe de la factura es igual o superior a 15.000 € (sin IVA), se tendrá que enviar otra Declaración (DACI) adicional firmada por el Gerente.
- Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) (descargar, cumplimentar y subir al portafirmas para la firma del Gerente).
1.3. Realizar la contratación con una de las empresas. Para ello disponemos de un procedimiento electrónico a través del cual se genera el documento con los datos necesarios para formalizar la contratación (Resolución de contratación menor). Puedes acceder desde el siguiente enlace:
2.- DAR CONFORMIDAD A LA FACTURA
Una vez realizado el servicio o entregado el bien se recibirá la factura. Si el importe de la factura es superior o igual a 5.000 € (sin IVA) hay que dar conformidad a dicha factura que emite la empresa contratada en documento aparte. En dicho documento se recogerán además los datos para el Alta en Inventario:
En estos casos una vez rellenado este documento pasar directamente al paso 4 de Envío.
3.- INVENTARIO
Rellenar el Acta de Inventario para compras inferiores a 5.000 € con factura electrónica sólo cuando corresponda (*):
(*) ¿Cuándo es necesario rellenar el Acta de Inventario?
- Bienes inventariables de importe igual o superior a 5.000 €, siempre es necesario
- Bienes inventariables de importe inferior a 5.000 €, SÓLO cuando la Entidad financiadora del proyecto así lo exija.
4.- ENVIAR TODA LA DOCUMENTACIÓN PARA SU CONTABILIZACIÓN Y PAGO
Una vez firmados por el Investigador Principal los documentos generados en las fases anteriores se enviarán, junto con la factura a la Oficina Económica de Campus, a través del siguiente formulario: