Uso de cookies

En las páginas web de la Universidad Carlos III de Madrid utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Al continuar con la navegación, entendemos que se acepta nuestra política de cookies. "Normas de uso"

Junta de la Escuela Politécnica Superior

La Junta de Facultad o Escuela es el órgano colegiado de administración de las Facultades o Escuela.

Competencias (art. 71)

  • Elaborar su reglamento, que será aprobado por el Consejo de Gobierno.
  • Elegir y remover, en su caso, al Decano o Director.
  • Aprobar las directrices generales de actuación de la Facultad o Escuela en el marco de la programación general de la Universidad.
  • Aprobar la memoria anual, la propuesta de presupuesto que presentará el Decano o Director y la rendición de cuentas de la aplicación de dicho presupuesto que realizará éste al final de cada ejercicio.
  • Participar en la elaboración de propuestas de creación de nuevas titulaciones o de eliminación de enseñanzas regladas y en la elaboración o modificación de los planes de estudios, así como elevar estas propuestas al Consejo de Gobierno para su aprobación.
  • Establecer los criterios básicos para la organización y coordinación de las actividades docentes de la Facultad o Escuela. g) Resolver los conflictos que se susciten entre Departamentos y áreas de conocimiento relativos a la adjudicación de docencia de asignaturas.
  • Cualquier otra que le sea atribuida por los presentes Estatutos y las restantes normas aplicables.

Composición (art. 69)

  • Miembros natos, que constituirán el 30 por 100 de la Junta de Facultad o Escuela:
    • El Decano o Director, que presidirá sus reuniones.
    • Los Vicedecanos o Subdirectores. - El Secretario de Facultad o Escuela.
    • Los Directores de los Departamentos que impartan docencia en la Facultad o Escuela.
    • El Delegado y el Subdelegado de la Facultad o Escuela de los estudiantes.
  • Miembros electos en representación de los distintos sectores de la Comunidad Universitaria:
    • Una representación de los profesores pertenecientes a los cuerpos de catedráticos de universidad y profesores titulares de universidad que impartan docencia en la Facultad o Escuela, que constituirá el 25 por 100 de la Junta.
    • Una representación de los profesores pertenecientes al colectivo de profesores colaboradores, contratados doctores, asociados, eméritos y visitantes que constituirá el 15 por 100 de la Junta.
    • Una representación de los ayudantes doctores, ayudantes y becarios de investigación, que constituirá el 10 por 100 de la Junta.
    • Una representación de los estudiantes que estén cursando enseñanzas regladas que se impartan en la Facultad o Escuela, que constituirá el 15 por 100 de la Junta.
    • Una representación del personal de administración y servicios que realice sus funciones en la Facultad o Escuela, que constituirá el 5 por 100 de la Junta.