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Becas de formación en el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer

Datos de la convocatoria

Becas de otras entidades públicas o privadas
Destinatarios
Estudiantes de Máster. Estudiantes de último curso y titulados
Organismo
Entidades públicas o privadas. Ministerio de Igualdad
Tipo de convocatoria
Práctica
Finalidad
Formación / Prácticas
Estado
Plazo de solicitud cerrado
Plazo de solicitud
Hasta el 26/05/2026

Descripción

Becas de formación para contribuir a la formación de personas físicas en materias dirigidas a favorecer la igualdad de trato entre hombres y mujeres y la erradicación de las distintas formas de violencia contra la mujer por razón de género.

Número de ayudas

6 becas de formación

Dotación

  • Una asignación de 1.250€ brutos mensuales
  • Una única asignación de 600,00€ brutos anuales para gastos asociados a la beca, a la que podrán imputarse gastos derivados de la participación en actividades formativas relacionadas con las materias que constituyan el objeto de la beca, tales como coste de la inscripción y gastos de transporte, alojamiento y manutención.

Duración

La duración de cada una de las becas de formación abarcará desde la fecha de incorporación establecida en la resolución de concesión hasta el 15 de agosto de 2027.

Requisitos

a) Estar en posesión del título universitario de grado correspondiente exigido para cada una de las becas relacionadas en el Anexo I, o en su caso certificación supletoria emitida por la universidad correspondiente, habiendo finalizado dichos estudios en el año 2024 o posterior. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán haber sido homologados o reconocidos al concluir el plazo de presentación de las solicitudes.

b) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea al concluir el plazo de presentación de solicitudes. Las personas candidatas que no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar dominio suficiente de la lengua castellana para el correcto desempeño de las funciones y tareas a desarrollar.

c) Encontrarse en situación de desempleo en el momento de su incorporación al disfrute de la beca.

d) Las personas solicitantes no podrán incurrir en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en particular, deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Asimismo, no podrán haber disfrutado con anterioridad de otras becas de formación en el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer y/o en el ámbito de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y de sus Organismos públicos adscritos.

Documentación

Establecida en el apartado sexto del texto completo de la convocatoria.

Incompatibilidades

El disfrute de la beca será incompatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso destinados a la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados. Asimismo, será incompatible con la prestación o el subsidio por desempleo. Incompatibles con cualquier retribución económica por el ejercicio de actividad laboral o profesional.

Solicitud

Plazo de presentación de solicitudes: del 6 al 26 de mayo de 2026, ambos inclusive.

Podrá solicitarse una sola beca por persona. En el caso de que se solicite más de una, únicamente se tendrá en cuenta la primera de ellas.

Convocatoria completa

Texto de la convocatoria

Más información

Ministerio de Igualdad

Aviso legal

Aviso legal UC3M