Ayudas para la matrícula del curso 2022/23 dirigidas a estudiantes de la UC3M- Convenio Comunidad de Madrid
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Datos de la convocatoria
- Destinatarios
- Estudiantes de Grado. Estudiantes de Máster
- Organismo
- Universidad Carlos III. Comunidad de Madrid
- Tipo de convocatoria
- Ayuda / beca
- Finalidad
- Becas y ayudas al estudio
- Estado
- Resuelta
- Plazo de solicitud
- Del 14/02/2023 al 08/03/2023
Descripción
Ayudas para sufragar los precios públicos de matrícula correspondientes al curso 2022/23, dirigidas a estudiantes de Grado o Máster Oficial que se encuentren en situaciones económicas desfavorables.
Podrán solicitar estas ayudas las personas matriculadas en la UC3M en estudios oficiales de Grado o Máster Universitario Oficial en el curso 2022/23, que no hayan abandonado dichos estudios antes de su finalización y que no hayan obtenido la beca de la convocatoria general del Ministerio de Educación y Formación Profesional en este curso, ni de cualquier otro tipo de beca o ayuda de carácter público o privado, que cubran las tasas de matrícula.
Dotación
El presupuesto máximo destinado a estas ayudas es de 281.485,55 euros.
La cuantía máxima a compensar por la universidad no podrá superar el importe de los créditos de los que se haya matriculado en el curso 2022/23, con las siguientes limitaciones, según el tipo de estudios:
- Estudios de Grado: la cuantía de las ayudas en ningún caso superará el importe de los precios públicos de segunda matriculación correspondiente a un curso completo de los estudios cursados.
- Estudios de Máster Oficial: el importe de las ayudas en ningún caso superará el importe de 2.100 euros.
Requisitos
a) Poseer nacionalidad española o de otro país de la Unión Europea. Las personas extranjeras no comunitarias deberán acreditar la condición de residente en España, quedando excluidas las personas que se encuentren en situación de estancia (Permiso de Estudiante).
b) Tener matrícula en la Universidad Carlos III de Madrid, durante el curso 2022-2023 en estudios universitarios conducentes a títulos oficiales de Grado y Máster Oficial y no haber abandonado dichos estudios.
c) No estar en posesión o reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios cursados.
d) No haber obtenido o estar en disposición de obtener ninguna ayuda económica para la misma finalidad de otras entidades o personas públicas o privadas, para el curso académico para el que se conceda esta ayuda. En ningún caso la suma de estas ayudas excederá el importe de la actividad subvencionada.
e) No tener derecho a exención total de las tasas de matrícula por cualquier otro concepto. En el caso de que la persona solicitante tenga derecho a exención parcial del coste de la matrícula, el importe de la ayuda sólo cubrirá la parte no exenta del pago que en ningún caso podrá superar los importes establecidos en el apartado 1 de esta convocatoria.
f) No superar los umbrales máximos de renta familiar para la obtención de la beca de matrícula establecidos y calculados conforme a lo establecido en la normativa reguladora de las becas de carácter general para el curso académico 2022/23, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, aprobada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Consultar el detalle de los requisitos exigidos en la base 3 del texto completo de la convocatoria.
Resolución
Plazo para presentar alegaciones y/o solicitar la subsanación de posibles errores: del 15 al 24 de mayo (ambos incluidos)
IMPORTANTE: el pago de las ayudas se realizará el último día del mes de junio de 2023.
Solicitud
Plazo de solicitud: del 14 al 28 de febrero de 2023 (ambos incluidos). Ampliado plazo de solicitud hasta el 8 de marzo de 2023 (incluido).