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Becas de formación del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas"

Datos de la convocatoria

Becas de otras entidades públicas o privadas
Destinatarios
Estudiantes de Máster. Estudiantes de último curso y titulados
Organismo
Entidades públicas o privadas. Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA)
Tipo de convocatoria
Ayuda / beca
Finalidad
Formación / Prácticas
Estado
Resuelta
Plazo de solicitud
Hasta el 25/04/2024

Descripción

Contribuir a la formación teórico-práctica y, el perfeccionamiento tecnológico, de recién titulados en las materias y proyectos propios del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA) para facilitar su incorporación al mundo laboral.

Número de ayudas

19 becas de formación.

Dotación

Cuantía individual de la beca:14.400 euros anuales para las becas dirigidas a graduados o graduadas (1.200 euros brutos mensuales).

Duración

2 años, pudiendo ser prorrogadas por un año más.

Requisitos

Becas destinadas a personas que se encuentren en posesión del  del título oficial de formación profesional de grado superior, o del título universitario oficial de graduado o graduada, o equivalentes, siempre que hayan terminado sus estudios, y obtenido el título correspondiente, o la acreditación del abono de los derechos para su expedición, en los cuatro años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en esta convocatoria.

  • Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca.
  • Estar en posesión de alguno de los títulos exigidos en el apartado primero del texto de la resolución o acreditar el abono de los derechos para la expedición del título, dentro de las fechas indicadas. Entre otras titulaciones (consultar Anexo II de la convocatoria): Informática, Telecomunicación, Industriales, Electrónica, Mecánica, Aeroespacial, Periodismo, Comunicación Audiovisual.
  • Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de presentar la solicitud, o acreditarse documentalmente que la homologación se encuentra en tramitación. En este último supuesto, el personal becario estará obligado a notificar al INTA, con carácter inmediato, la resolución que recaiga en el procedimiento.

Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior en el caso de que la persona solicitante haya sido admitido por una universidad española para la realización de un máster oficial.

  • No estar en situación de incapacidad física o padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
  • No haber disfrutado con anterioridad de una beca del INTA ni haber tenido relación laboral o administrativa con el Instituto.
  • No encontrarse incurso en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones.

Destino

El desarrollo de las becas tendrá lugar en los campus y centros de instalaciones científico-técnicas del INTA que aparecen recogidos en el Anexo I y II de la convocatoria, con una dedicación de siete horas diarias de lunes a viernes y en horario de 8:00 a 15:00

Incompatibilidades

El disfrute de las becas exige dedicación exclusiva del personal becario a las actividades de formación, por lo que será incompatible con cualquier otro tipo de beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados, españoles o comunitarios. También será incompatible con la percepción de prestaciones por desempleo.

Solicitud

El plazo de solicitud comienza el 5 y finaliza el 25 de abril de 2024.