Becas de formación e investigación para titulados universitarios. Modalidades de becas:
A) Biblioteconomía y documentación (32 becas).
B) Restauración y conservación de fondos bibliográficos y documentales (2 becas).
C) Diseño gráfico (1 beca).
D) Tecnologías de la información (1 beca).
E) Gestión cultural (6 becas).
La cuantía individual de la beca: 1.100 euros brutos mensuales.
Duración máxima de 12 meses.
a) Poseer la nacionalidad española.
b) También podrán solicitar la beca las personas que posean la nacionalidad de algún Estado miembro de la Unión Europea o sea cónyuge de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, podrán participar los descendientes de cualquiera de los anteriores que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. En todos los casos mencionados en este párrafo se deberá acreditar un perfecto dominio –hablado y escrito- del idioma español, equivalente al nivel C1 del marco común Europeo de Referencia para las Lenguas.
c) Poseer alguna de las titulaciones exigidas en cada una de las modalidades del Anexo I (de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales), expedida por universidades españolas, o bien de títulos extranjeros equivalentes homologados por el Ministerio de Universidades, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
d) Haber terminado los estudios conducentes a la obtención del título de grado, licenciado o diplomado en el año 2015 o con posterioridad.
e) No haber disfrutado de esta beca en convocatorias anteriores.
f) No padecer enfermedad que impida el desarrollo de las actividades y obligaciones objeto de la beca. g) No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Establecida en la base 4.3 del texto completo de la convocatoria.
Incompatibles, durante la vigencia de las mismas, con el disfrute de cualquier otra beca de formación.