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Comisión de Evaluación

COLMENAREJO

Si has agotado las cuatro convocatorias (para estudiantes de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas) o las seis (para estudiantes de la Escuela Politécnica Superior)  que establece la normativa de permanencia de la Universidad, o bien has suspendido la última asignatura que te falte para finalizar los estudios, podrás solicitar la revisión de tu expediente a la Comisión de Evaluación Académica.

 

REQUISITOS

  • Sólo podrá solicitar una única asignatura por titulación, excepto en los Dobles Grados que se podrán presentar una solicitud por cada Grado.
  • La asignatura no puede ser del primer curso ni Trabajo Fin de Grado.
  • Para la compensación de la última asignatura sin haber agotado las convocatorias disponibles, tienes que haberte presentado a todas las convocatorias en ese curso académico tener superado el TFG y todas las demás asignaturas

 

SOLICITUD

Se realizará mediante un formulario electrónico en el que podrás adjuntar los documentos que consideres convenientes en un único archivo en formato zip. Es muy importante que indiques correctamente el código y nombre de la asignatura.

Importante:

No se admitirán solicitudes que no se realicen mediante formulario.

 

PLAZO

Una vez concluidas las convocatorias de exámenes, se publicará en esta página web la fecha en que se reunirá la Comisión de Evaluación Académica y el plazo que se establezca para presentar solicitudes.

  • SESIÓN DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS:  se celebrará el 10 de marzo de 2025, plazo de solicitud hasta el 3 de marzo de 2025.
  • SESIÓN DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR, se celebrará el 19 de febrero de 2025, plazo de solicitud del 5 al 12 de febrero de 2025.

RESOLUCION

La decisión de la Comisión de Evaluación Académica se te notificará por carta.

¿Puedo autorizar a la Delegación de Estudiantes?

El solicitante podrá autorizar que la Delegación de Estudiantes vea el expediente y formule las alegaciones verbales que estime conveniente.

¿Qué valora la Comisión?

Solo serán estimadas las solictitudes que, a la vista tanto de las alegaciones, en particular las referentes a la concurrencia de circunstancias extraordinarias de índole académica o personales (evaluación académica global, trayectoria del estudiante, número de convocatorias a las que se ha presentado a examen, calificación en ellas ...) hayan acreditado buena fe y un desempeño mínimo en el estudio de la materia objeto de la asignatura.