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PROYECTO CLÍNICA JURÍDICA DE MEDIACIÓN ADMINISTRATIVA - Curso 2018/2019

La Clínica Jurídica uc3m desarrolla su labor acercando los estudios de Derecho a la realidad social. Los estudiantes de Derecho aprenden mediante el contacto con los casos reales y con los clientes in situ a través de una enseñanza orientada a la acción, bajo la consigna de “aprender haciendo”.

Además de proporcionar a los alumnos una formación técnica, se busca ofrecer un servicio a la sociedad.

El resultado no sólo es un nuevo modelo de docencia sino un reforzamiento del compromiso ético de los futuros juristas. Así, la Clínica Jurídica responde a la idea del mutuo beneficio entre la Universidad, la Sociedad y el Mercado.

Este proyecto de intermediación administrativa se lleva a cabo con la Unidad de Mediación del Ayuntamiento de Madrid.

Se realiza un asesoramiento a través de diferentes sesiones informativas, inicialmente en materia de Medio Ambiente, para ofrecer una interlocución divulgativa de la mediación administrativa entre Administrado (ciudadanía) y el Ayuntamiento, en el marco de los conflictos vecinales relacionados con elementos medioambientales como el ruido en estructuras verticales, que concluyen con expedientes sancionadores.

ODS relacionados

ODS 1. Fin a la pobreza; ODS 3. Salud y Bienestar; ODS 5. Igualdad de Género; ODS 11. Ciudades y Comunidades Sostenibles y ODS 13. Acción por el clima.

En el ámbito de la Agenda 2030, hay un Objetivo de Desarrollo Sostenible que, explícitamente, involucra a las ciudades en la consecución de la Transformación del Mundo en términos de sostenibilidad. En concreto se trata del Undécimo Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS en adelante) Ciudades y Comunidades Sostenibles (11.1, 11.3, 11.6)

En paralelo, a través de la mediación administrativa, y por efecto con la participación de la Clínica jurídica, se contribuye a mitigar los efectos de la pobreza y de los riesgos ligados a la pobreza relativa (ODS1), de la protección de la salud –publica e individual- ligadas a agentes medioambientales (ODS3), se podrán mitigar los desequilibrios por razón de género (ODS5) y, de un modo más claro, se promociona la acción contra el cambio climático (ODS 13).

En definitiva, la intervención reguladora de la Administración (Ayuntamiento) de cuestiones inherentes al medio ambiente (ruido, contaminación etc.) indirectamente puede tener efectos en colectivos de especial vulnerabilidad social (atendiendo no solo a su nivel socio-económico, sino a los niveles formativos), de suerte que la acción administrativa de mediación, tendría una finalidad reequilibradora a favor de la ciudadanía. Si a esa acción se une la actividad clínica de divulgación y colaboración con la formación ciudadana en cuestiones jurídicas de relativa complejidad técnica, es plausible que confluyan sinergias favorables a la protección del medio ambiente local, sin mayores implicaciones individuales para los ciudadanos implicados.

Más información: clinica.juridica@uc3m.es