Ayudas para la matrícula del curso 2025/26 dirigidas a estudiantes de la UC3M- Convenio Comunidad de Madrid
- Orientación a estudiantes
- Ayudas y Becas
- Ayudas para la matrícula del curso 2025/26 dirigidas a estudiantes de la UC3M- Convenio Comunidad de Madrid
Datos de la convocatoria

- Destinatarios
- Estudiantes de Grado. Estudiantes de Máster
- Organismo
- Universidad Carlos III. Comunidad de Madrid
- Tipo de convocatoria
- Ayuda / beca
- Finalidad
- Becas y ayudas al estudio
- Estado
- Próxima convocatoria
- Plazo de solicitud
- Del 10/02/2026 al 02/03/2026
Descripción
Ayudas para la matrícula del curso 2025-26, financiadas por la Comunidad de Madrid, dirigidas a estudiantes de la UC3M en situaciones económicas desfavorables.
Podrán solicitar estas ayudas las personas matriculadas en la UC3M en estudios oficiales de Grado o Máster Universitario en el curso 2025/26, que no hayan abandonado dichos estudios antes de su finalización y que no hayan obtenido la beca de la convocatoria general del Ministerio de Educación y Formación Profesional en este curso, ni de cualquier otro tipo de beca o ayuda de carácter público o privado, que cubra las tasas de matrícula.
El importe de la ayuda se destinará a cubrir total o parcialmente los costes de los precios públicos de primera y segunda matrícula por estudios universitarios conducentes a títulos oficiales de grado y máster universitario.
Dotación
La cuantía máxima a compensar por la universidad no podrá superar el importe de los créditos de los que se haya matriculado en el curso 2025/26, con las siguientes limitaciones, según el tipo de estudios:
- Estudios de Grado: la cuantía de las ayudas en ningún caso superará el importe de los precios públicos de segunda matriculación correspondiente a un curso completo de los estudios cursados.
- Estudios de Máster Oficial: el importe de las ayudas en ningún caso superará el importe de 2.100 euros.
Requisitos
Generales y académicos
a) Poseer nacionalidad española o la de otro país de la Unión Europea. Las personas extranjeras no comunitarias deberán acreditar la condición de residente en España, quedando excluidas quienes se encuentren en situación de estancia (permiso de estudiante). No se exigirá este requisito a quienes sean solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el periodo transitorio de adquisición conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
b) Tener matrícula en el curso 2025-26 en estudios oficiales de Grado o Máster Universitario impartidos en la Universidad Carlos III de Madrid y no haber abandonado dichos estudios.
c) No ser beneficiario/a de la beca del Ministerio de Educación, ni de la beca del Gobierno Vasco en el curso 2025-26, aún cuando ésta se hubiera obtenido para cursar otros estudios universitarios en la UC3M o en otra universidad.
d) No haber obtenido o estar en disposición de obtener ninguna ayuda económica para la misma finalidad de otras entidades o personas públicas o privadas, para el curso académico para el que se conceda esta ayuda, salvo las que pueda otorgar la universidad como ayuda complementaria a la presente convocatoria. En ningún caso la suma de estas ayudas excederá el importe correspondiente a los créditos matriculados en el curso 2025-26.
e) No tener derecho a exención total de las tasas de matrícula por cualquier otro concepto. En el caso de tener derecho a exención parcial del coste de la matrícula, el importe de la ayuda sólo cubrirá la parte no exenta del pago, que en ningún caso podrá superar los importes establecidos en el apartado 1 de esta convocatoria.
f) No estar en posesión o reunir los requisitos legales para la obtención de un título de igual o superior nivel al de los estudios para los que se solicita la ayuda.
g) No ser estudiantes de otras Universidades que se encuentren desarrollando un programa de movilidad nacional o internacional o estén realizando parte de sus estudios en la UC3M.
Económicos:
No superar el umbral de renta familiar establecido en el apartado 3.2 de la convocatoria. A efectos de la determinación de la renta se computará la información del ejercicio 2024. No obstante, cuando los ingresos de la unidad familiar hubieran sufrido una disminución por causas sobrevenidas, se deberá aportar la documentación de la situación alegada y la referida a los ingresos actuales, que deberá justificar suficientemente la situación económica y el descenso de ingresos.
Consultar el resto de requisitos en el texto completo de la convocatoria.
Solicitud
Plazo de solicitud: del 10 de febrero al 2 de marzo de 2026 (ambos incluidos).

