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Normativa de Matrícula y Permanencia

Foto cabecera para matricula

📥 │ Normativa de Matrícula y Permanencia

📥 │ Normativa de acceso a Máster


A continuación presentamos un resumen extraido de la normativa con los puntos más relevantes.

| Requisitos generales de matrícula

La matriculación se efectuará dentro de los períodos, plazos y en la forma determinados por la Universidad, de los que se dará publicidad.

La matrícula en las diferentes asignaturas comprenderá las convocatorias previstas en la normativa aplicable para cada curso académico.

 

| Anulación de la matrícula

ANULACIÓN TOTAL

La anulación de la totalidad de la matrícula por la renuncia del estudiante no comportará la devolución de los precios abonados por ella.

Excepcionalmente, cuando el estudiante comunique su renuncia antes del inicio de curso y haya abonado la matrícula completa, tendrá derecho a la devolución del 50% del importe de dicha matrícula, con excepción de los precios por servicios de secretaría y seguro escolar que no serán objeto de devolución en ningún caso.


ANULACIÓN PARCIAL

Los estudiantes podrán anular parcialmente sus matrículas, sin devolución de los precios pagados por ellas, hasta dos meses después del inicio de cada cuatrimestre académico respecto de las asignaturas que se vayan a impartir en ese periodo lectivo.

 

| Dispensa de convocatoria

POR MOTIVO JUSTIFICADO

Podrá concederse dispensa de convocatoria de las asignaturas matriculadas cuando concurran circunstancias excepcionales debidamente justificadas que impidan la presentación del estudiante al examen. Los estudiantes deberán solicitar dispensa por este motivo y presentar la correspondiente justificación documental en la que se acredite la causa que impidió acudir al examen el día y hora programados. El responsable académico de la titulación concederá o denegará la dispensa previa valoración de las circunstancias alegadas por el estudiante así como de los justificantes aportados.


LIBRE DISPENSA

Los estudiantes podrán dispensar libremente un máximo de dos convocatorias por asignatura, debiendo presentar su solicitud antes del día de la celebración del examen en la forma que establezca la universidad.

| Requisitos de rendimiento académico de los estudiantes matriculados

Los estudiantes matriculados en cualquier titulación la Universidad Carlos III de Madrid deberán obtener los siguientes resultados académicos para poder continuar sus estudios en la titulación que hayan iniciado:

  1. En el primer año académico deberán aprobar al menos doce de los créditos asignados por el plan de estudios al primer curso de la titulación en la que estuvieran matriculados.
  2. Los estudiantes dispondrán de dos años académicos consecutivos para aprobar el primer curso completo, con excepción de las titulaciones de la rama de ingeniería, en las que dispondrán de tres años académicos consecutivos para aprobar el primer curso completo.

Los estudiantes matriculados en cualquier titulación de la Universidad Carlos III de Madrid, dispondrán de cuatro convocatorias para la superación de las asignaturas matriculadas, con excepción de los estudiantes de las titulaciones de la rama de ingeniería que dispondrán de seis convocatorias para su superación.

Los estudiantes que no superen una asignatura optativa en las convocatorias establecidas en el apartado anterior, podrán cursar otra distinta entre las alternativas ofrecidas por la universidad, disponiendo para superar cada nueva asignatura elegida del número de convocatorias indicadas en el apartado anterior.