Antigüedad (trienios)
- Recursos Humanos y Organización - PDI
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RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS PREVIOS A EFECTOS DE TRIENIOS
PROFESORES FUNCIONARIOS
El reconocimiento de servicios previos para los Profesores Funcionarios se regula mediante la siguiente normativa:
Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública
PROFESORES CON CONTRATO LABORAL
El Personal Docente con contrato laboral percibirá en concepto de antigüedad por cada tres años de servicios prestados en el ámbito docente o investigador en las Universidades públicas de Madrid, una cantidad anual equivalente a la de los funcionarios que pertenezcan a los cuerpos correspondientes, o la proporción si la jornada fuera inferior a la jornada completa. ( 24.2 del Convenio Colectivo de Universidades Públicas de Madrid. B.O.C.M. Núm. 164 de 12 de julio de 2003)